Basó la decisión en que fueron cedidos en virtud de un acuerdo con las autoridades de la Fiscalía de Nueva York y no por la la ley de Lavado de Activos.
En ese sentido, el magistrado Jiménez informó que esos bienes serán destinados al fortalecimiento de la capacidad de investigación, persecución y equipamiento del Ministerio Público.
Asimismo, servirán al proceso de instauración del nuevo modelo penitenciario, según se hace constar en una resolución del máximo representante del Ministerio Público. “Que la ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del tráfico ilícito de drogas y otras infracciones graves, no contempla el destino especializado de los bienes que sean traspasados al Estado como consecuencia de la asistencia judicial que brinde a las autoridades judiciales de otros Estados”, precisa la disposición.
Con esta resolución, el procurador general deja claramente establecimiento que los bienes decomisados a Paulino Castillo no entran en lo dispuesto por el artículo 33 de la ley 72-02, el cual indica que cuando se trate de bienes procedentes del tráfico ilícito de drogas, el Comité Nacional contra Lavado de Activos entregará la mitad al gobierno y el resto se divide entre la Dirección Nacional de Control de Drogas, las instituciones que trabajan en la regeneración del adicto y el Consejo Nacional de Drogas . La asistencia judicial brindada por la Fiscalía del país a la de Nueva York conllevó el retiro de la persecución penal contra los familiares de Paulino Castilo.
Fuente: Hoy Digital
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