El jurista plantea que “no se justifica el porte de un arma de fuego por el policía que regula el tránsito vehicular y de personas, ya que lo legalmente permitido cuando constata la violación de la ley de tránsito es el levantamiento del acta comprobatoria del hecho, que contiene además la citación del infractor ante el tribunal”.
Precisó que los últimos acontecimientos violentos se deben al involucramiento de los agentes de tránsito en situaciones que son de la estricta competencia de la policía ordinaria, que da por consecuencia el descuido en la organización del tránsito vehicular y de personas.
via: JosePeguero.net
Nota del editor: Estoy 100% seguro que si esta medida entra en vigencia se acaba el estar privando en super hombres y maltratando a los ciudadanos.
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