En 60 días laborables, plazo improrrogable que a partir de este martes está vigente, la dirección de Aduanas da cumplimiento al artículo 2 de la Ley 04-07, del 8 de enero de 2007 sobre Rectificación Fiscal que prohíbe la importación de vehículos con más de cinco años de fabricación.
La disposición legal no incluye las importaciones de diplomáticos, misiones diplomáticas y organismos internacionales acreditados en el país, ni las mudanzas de dominicanos y extranjeros, realizadas al amparo de las leyes números 314 del 6 de julio de 1964; la 168 del 27 de mayo de 1967 y la 146-00 del 27 de diciembre de 2000.
Fuente: Diario Libre Digital
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